Area Socios

AEDA | Etiquetado de Aerosoles – H229
8392
post-template-default,single,single-post,postid-8392,single-format-standard,tribe-bar-is-disabled,ajax_fade,page_not_loaded,,boxed,wpb-js-composer js-comp-ver-5.4.5,vc_responsive,tribe-theme-aeda,page-template-single-php
 

Etiquetado de Aerosoles – H229

  |   Comunicados

Con fecha 17 de junio le informamos de la publicación del RD 473/2014 que modifica el Real Decreto 1381/2009 y por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores aerosoles. En cuanto a etiquetado de aerosoles (pto.2), “cualquiera que sea el contenido del aerosol”, deberá llevar el código de la indicación de peligro H229.

 

Existe una discrepancia en la redacción de la frase entre el Real Decreto 473/2014 y el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del PE y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, por este motivo hemos realizado una consulta a la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria para que clarifique este punto y nos indique como debemos proceder.

 

La respuesta de este último ha sido la siguiente:

 

“Se concluye lo siguiente:
Ambos términos (recipiente y envase) se consideran a estos efectos, técnicamente similares por lo que es aceptable mantener en la redacción de la indicación de peligro H229 que debe aparecer en las etiquetas , la palabra “recipiente” en lugar de “envase”.

 

Adjuntamos carta enviada por AEDA y la respuesta del Ministerio.

 

Publicación Real Decreto 473-2014. Frase H229

 

Real Decreto 473-2014